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Ayudas a trabajadores desempleados que se constituyan en trabajadores autónomos o por cuenta propia.
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El objeto de las ayudas es incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en las pymes.

Pueden solicitarlo las personas desempleadas, inscritas como demandantes de empleo en el correspondiente centro Servef que hayan iniciado la actividad autónoma a partir del día siguiente al de la fecha de la publicación de la orden de convocatoria 2015.


Requisitos:

- El inicio de la actividad de las personas solicitantes deberá producirse a partir del día siguiente al de la fecha de la publicación de la orden de convocatoria hasta el 30 de mayo de 2015 ambos inclusive. Se considerará a estos efectos como fecha de inicio la que conste en el documento de declaración de alta en el censo de obligados tributarios.

- El alta en el censo de obligados tributarios y en el régimen especial de trabajadores autónomos o equivalente deberán ser previas a la presentación de la solicitud.

- Permanecer desempleado e inscrito como demandante de empleo en el SERVEF hasta el inicio de la actividad; asimismo no deben haber figurado encuadrados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en los 6 meses anteriores al inicio de aquella.

- No haber disfrutado en alguno de los tres ejercicios anteriores ni haber solicitado en el presente ejercicio otras subvenciones por el mismo concepto.
- Desarrollar la actividad de forma independiente.


Cuantía de la ayuda:
 
El importe de la ayuda por constitución como autónomo se determinará en función de la pertenencia del solicitante a alguno de los siguientes colectivos:

-Desempleados en general: 2.500 euros.

- Desempleados menores de 30 años o mayores de 45 años: 3.000 euros.

- Desempleados con una discapacidad de al menos el 33%: 4.000 euros.

- Mujeres desempleadas víctimas de la violencia de género: 4.500 euros.

El importe establecido en las letras a), b) y c) del apartado 1 se incrementará en 500 euros si el beneficiario es una mujer.


Plazos

El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas para la constitución en personal trabajador autónomo o profesional por cuenta propia comenzará el 19 de febrero y finalizará el 30 de mayo 2015.

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